La decisión del Ejecutivo tomada oportunamente fue actualizar el tributo congelado por los períodos 2021 y 2022 pero postergar el correspondiente al ejercicio 2023, período que ahora se segmentará en tres tramos, según el decreto 107/2024, publicado hoy en el Boletín Oficial. 

La medida en principio nada tiene que ver con los aumentos aplicados por las petroleras en las últimas horas de entre el 6 y el 11%, según la marca.

En la norma publicada hoy se establecieron los incrementos en los montos de los impuestos fijados para los combustibles, correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres del año 2023, debido a que habían quedado desactualizados.

De esta manera, el Gobierno fijó que el aumento del primer y segundo trimestre de 2023 tendrá efecto para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil a partir del 1° de marzo de este año. Mientras tanto, los demás incrementos están previstos para el 1° de abril y el 1° de mayo.

En el considerando de la norma, el Ejecutivo plantea que esta decisión tiene como objetivo “iniciar un proceso de regularización de los referidos incrementos remanentes". 

En ese marco, "resulta razonable diferir parcialmente sus efectos, así como los de la actualización correspondiente al cuarto trimestre calendario del año 2023″. 

De igual forma, la Secretaría de Energía, que conduce Eduardo Rodríguez Chirillo, ya había adelantado que espera que el sendero de “sinceramiento” en el precio de los combustibles se dé gradualmente tras los fuertes incrementos acumulados en los últimos meses.

El decreto argumenta que “a través de diferentes normas se han ido difiriendo sucesivamente, hasta diversas fechas, los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos fijados en el primer párrafo del artículo 4°, en el inciso d) del artículo 7°, ambos del Capítulo I, y en el primer párrafo del artículo 11 del Capítulo II, todos ellos del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, resultantes de las actualizaciones pertinentes, en los términos del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501/18, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil”.

En ese sentido, el Gobierno explicó que “se postergaron los efectos de los incrementos en los montos de los impuestos precitados, derivados de las actualizaciones correspondientes al tercer y cuarto trimestres calendario del año 2021, al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario del año 2022 y al primer, segundo y tercer trimestres calendario del año 2023, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, hasta el 1° de febrero de 2024, inclusive”.

Aumento final

El impuesto a los combustibles que incluye un gravamen a la emisión de dióxido de carbono fue dispuesto en 2018 y se estableció a partir de un monto fijo por litro de poco menos de siete pesos, monto que luego de actualizaría de manera trimestral por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) medido por el Indec.

De acuerdo a un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), las sucesivas postergaciones de la aplicación del impuesto a los combustibles generó un atraso que, de actualizarse de una sola vez, implicaría llevar el tributo de los 27,6 pesos de octubre de 2022 a 227 pesos. 

Una vez aplicado en su totalidad, el monto implicará una suba del 23% en el litro de nafta súper de YPF que desde anoche se ubica en 858 pesos.

Desde marzo, la suba debería situarse en torno a los 100 pesos por litro, mientras que en abril aumentará alrededor de 40 pesos y en abril otros 60 pesos más, siempre producto de la aplicación del impuesto a los combustibles