La Cámara de Diputados aprobó este miércoles la media sanción del proyecto de reforma de la Ley de Alquileres impulsado por la oposición que contempla entre algunos puntos la reducción del plazo de los contratos (de 3 a 2 años) y actualización de los precios en un intervalo menor al año. 

El mismo deberá ser tratado ahora en la Cámara de Senadores. 

Si bien se especulaba el no tratamiento por falta de quorum, finalmente se logró. 

En el inicio de la sesión se buscó la derogación de la normativa, que fue impedida por el oficialismo (bloque Unión por la Patria) y no logró los dos tercios requeridos. 

“Las leyes se hacen para proteger al más débil, el más fuerte no necesita leyes. Todos tenemos el derecho a una vivienda digna y adecuada. Adecuado quiere decir seguridad en la tenencia y el sentido de la asequibilidad. ¿Por qué planteamos la idea de mantener los tres años de alquiler? Porque los que alquilan son los jóvenes, parejas recién conformadas, gente que tiene menos recursos y cierta estabilidad hace la idea de adecuado, acortar esos tiempos es sacarles calidad y poner riesgos”, destacó Carlos Heller, diputado del oficialismo. 

Los diputados de Juntos por el Cambio, Interbloque Federal y fuerzas menores, impulsaron el proyecto de reforma, que contó con 125 votos positivos, 112 negativos y 3 abstenciones. 

En cuanto a los libertarios de Javier Milei, votaron en contra de la modificación al considerarla un “parche” al problema de fondo y votaron como el oficialismo. 

“No se necesita una nueva ley de alquileres. Hay que eliminarla y dejar de interferir en contratos privados pulverizando el derecho de propiedad. Lo único que harán es perjudicar a los más vulnerables con menos propiedades, de menor calidad y a precios más caros”, expresó Javier Milei, diputado y candidato presidencial que abandonó el recinto. 

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Los ejes de la modificación

*Volver al contrato de alquiler de 2 años (actualmente es de 3). 

El inquilino puede renunciar a ese plazo, en caso de preaviso, bajo ciertas condiciones.

-En caso de vivienda habitacional, no puede exigirse al inquilino o locatario el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes. 

Tampoco podrá exigirse un pago de “valor llave o equivalente” ni la firma de pagarés “o cualquier otro documento que no forme parte del contrato original”.

*Reducir los plazos de actualización del valor de alquileres (actualmente es anual).

Para la misma se podrá usar el índice de precios al consumidor (IPC); el índice de salarios, el índice de precios mayoristas que informe el INDEC (Instituto de Estadísticas y Censos) o un “mix” entre ambos, según acuerden las partes. 

Los ajustes se podrán hacer en intervalos no inferiores a los cuatro (4) meses”.

No se trató el uso de plataformas de alquileres temporarios

El oficialismo de la Cámara de Diputados no consiguió el número necesario para debatir hoy sobre tablas un proyecto de ley presentado en las últimas horas por la diputada del Frente de Todos (FdT) Paula Penacca para regular el uso de las plataformas de alquileres temporales que, entre otras cuestiones, contemplaba que los anuncios de las ofertas debían estar en pesos y que los plazos de los contratos sean de "hasta tres meses".

El proyecto no consiguió el respaldo de las tres cuartas partes del cuerpo para habilitar la discusión.

Al defender el proyecto, Penacca sostuvo que "el crecimiento de este tipo de alquiler está generando controversias y expulsa a inquilinos e inquilinas permanentes" y pidió "correrse de la línea de la derogación", al considerar que "el Estado necesita intervenir para garantizar este tipo de derechos".