El reintegro del 15% por las compras con tarjeta de débito de productos alimenticios, en el caso de los supermercados y kioscos; y en farmacias, productos farmacéuticos y de herboristería, cosméticos, de tocador y perfumería, se extendió hasta el 30 de junio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la medida que también incluye a los pagos con billeteras virtuales y también se incluyen las compras hechas con medios de pago electrónico o código QR, vinculadas a esas tarjetas de débito.

La AFIP fundamentó la extensión del beneficio en los considerandos de la Resolución en que el régimen “ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos y fomentar el uso de medios electrónicos de pago”.

Quiénes pueden acceder al beneficio

Podrán hacerlo aquellas personas que:

  • Cobren la jubilación mínima.
  • Perciban una pensión mínima por fallecimiento.
  • Sean beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc).
  • Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH).
  • Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).

Cuál es el tope del reintegro

  •  Por beneficiario: $2.028
  • Titulares de AUH con 2 o más hijos: $4.057

El reintegro se acreditará en forma automática dentro de las 24 a 48 horas de realizada la compra, dependiendo si se realiza antes o después de las 17 horas de cada jornada en la cuenta bancaria de donde se cobra la prestación o asignación.