Dos médicos, una trabajadora social y un policía fueron imputados por impedir que Pablo Musse le diera el último adiós a su hija Solange días antes que la joven muriera en Alta Gracia por cáncer de mama cuando regía la cuarentena por coronavirus.

El 19 de agosto del 2020 Musse y su cuñada Paola Oviedo, quien padece paraplejía y cuadriplejía, viajaron desde Neuquén para encontrarse con la joven que estaba internada en Córdoba. 

En Huinca Renancó un control policial, que incluía un puesto del COE local, se le realizaron dos test rápidos a Pablo Musse que dieron positivos mientras que el resultado del que se le practicó a su cuñada fue negativo.

Con este resultado se impidió que ambos continuaran hacia Alta Gracia y se los escoltó hasta que abandonaron la provincia de Córdoba. Días después se informó el fallecimiento de Solange.

A raíz de lo ocurrido, Pablo Musse presentó una denuncia penal contra las autoridades del Centro de Operaciones de Emergencia (COE), el Ministerio de Salud de Córdoba y funcionarios policiales. 

Este miércoles el fiscal de Instrucción de Huinca Renancó, Marcelo Saragusti, ordenó las imputaciones del director del hospital local, Eduardo Andrada, del médico policial Sergio Alí, de la trabajadora social que estaba a cargo del puesto del COE, Analía Morales, y del sargento Darío Mansilla

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Saragusti acusó a Andrada y a Morales bajo la carátula de "probables co-autores del delito de 'Abuso de Autoridad e Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público'. En tanto que a Alí se le imputó el presunto delito de partícipe necesario del mismo delito.

La hipótesis del fiscal es que los tres "desatendieron la directriz que ordena que para estos supuestos impostergables, se debe escoltar hacia el domicilio de la persona discapacitada y al de residencia de quien, por su padecimiento límite, hacía impostergable su presencia". 

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Por otro lado la imputación contra el sargento Mansilla es por “Omisión de los Deberes del Oficio”. En este caso se le endilga haber escoltado a Musse y a su cuñada hasta el límite interprovincial y omitió consignar en parte policial "los datos personales de la Sra. Paola Oviedo y su incapacidad de desplazamiento".

El fiscal Saragusti señaló que las conductas de los imputados no atendieron el decreto 297/2020 que en su artículo 6º  exceptuaba de la prohibición de circular a “Personas que deban atender una situación de fuerza mayor”.