El Gobierno de la Provincia informó que desde enero del próximo año los agentes dependientes del Poder Ejecutivo Provincial podrán acogerse al régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria (PAV), mecanismo vigente en la provincia a partir de la Ley 8.836 de Modernización del Estado.

Quedarán exceptuados de esta medida quienes pertenezcan al personal de las Fuerzas de Seguridad, Docente y del Ministerio de Salud.

Esta decisión se toma en el marco de un "proceso de innovación, digitalización y modernización del Ejecutivo provincial que lleva adelante la actual gestión", según aclararon desde la Provincia.

Así, se podrá realizar un "reordenamiento de los recursos humanos" sin poner en riesgo la prestación de los servicios y optimizando el uso del erario público.

Alcanza a aquellos empleados a los que, hasta el 31 de diciembre del 2021, les restaban diez años o menos para acceder a la jubilación ordinaria; que gocen de estabilidad y cuyo cese de prestaciones no afectare la continuidad, la necesariedad o la calidad del servicio en las reparticiones en las que se desempeñan.

El calculo inicial indica que son 3.110 las personas que podrían acceder a este régimen de PAV. Pertenecen a los diversos Ministerios, Secretarías, Agencias y Organismos del Ejecutivo Provincial.

Cómo realizar el pedido

Las personas interesadas podrán realizar la solicitud de manera voluntaria desde el 3 de enero y hasta el 31 de marzo de 2022 inclusive, a través de la plataforma Empleado Digital. Cada postulación será evaluada por las autoridades de la Jurisdicción a la que pertenezca el agente, para evitar cualquier afectación y/o disminución de la calidad y continuidad de los servicios y prestaciones que brindan.

Luego de que se les notifique la respectiva aceptación, los empleados deberán suscribir el acuerdo de manera presencial, para lo cual oportunamente se dispondrán turnos previos.

Los agentes provinciales que reúnan los requisitos y decidan acogerse recibirán una remuneración mensual proporcionalmente acotada respecto a la correspondiente a sus cargos, categorías y antigüedades, permaneciendo, no obstante, en situación de dependencia hasta la jubilación definitiva.

Un aspecto importante es que no podrán generarse ascensos ni nuevas contrataciones para reemplazar a quienes opten por acogerse a la PAV.