Desde el 2009, cada 26 de septiembre se celebra el Día de los empleados y las empleadas de comercio de todo el país, según lo establece la ley 26.541, sancionada el 11 de noviembre de ese año y ratificado por el artículo 76 de nuestro Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

Desde la Cámara de Comercio de Córdoba (CCC) informaron que el Día del Empleado de Comercio, ese día se traslada este año al lunes 25 de septiembre.

Aclararon que los establecimientos podrán abrir sus puertas con atención a cargo de sus dueños, o bien, consensuando la jornada laboral con los empleados, en caso de que estos deseen asistir.

En materia de remuneración se deberán dar cumplimiento a las normas legales vigentes de naturaleza laboral (LCT y concordantes) y a los alcances de la Ley mencionada -es decir, tal como se realiza en feriados nacionales- y no podrá otorgarse ese día como franco compensatorio de descanso semanal.