Un 28 de julio de 1998 se realizó por primera vez un juicio con la con la participación de jurados populares. Fue el primer antecedente en el país, y sentó las bases para la participación ciudadana en los procesos judiciales.

De acuerdo a la Justicia de Córdoba, ese día desde hace ya más de dos décadas, ciudadanos comunes se subían a un estrado judicial a dictar sentencia, asumiendo la responsabilidad ciudadana de hacer justicia.

En aquella oportunidad Mauricio Angonova y Rubén Fausto, dos estudiantes universitarios se sumaron a la Cámara en lo Criminal de 2° nominación de Rio Cuarto, y junto a los jueces Oscar Boni, Dalcio De María y Jorge Medina, condenaron por unanimidad a Juan Carlos Cevallos por el homicidio de Javier Cabral, hecho ocurrido en la localidad de Berrotarán, al sur provincial. 

Esa fue la primera experiencia de una intervención ciudadana en el ámbito del juzgamiento penal. Desde el órgano judicial, recuerdan que esto generó un “verdadero revuelo” en todos los ámbitos académicos, judiciales, y políticos acerca de su utilidad, su validez constitucional, conveniencia presupuestaria, etc. 

“Se cuestionó si los ciudadanos tendrían la “madurez” suficiente para encarar tan importante misión”, aseguran. 

Al finalizar el juicio, la prensa especializada que cubrió el juicio hizo especial hincapié en la serenidad, compromiso y responsabilidad que habían demostrado Mauricio y Rubén en el ejercicio de su función. Ellos mismos reconocerían luego que la experiencia había sido marcadamente importante en sus vidas. 

“Con posterioridad y bajo la administración del gobernador Juan Manuel de La Sota, los legisladores decidieron  profundizar el sistema y se dictó la ley 9182 con marcadas diferencias, y lo que se pretendió es que la decisión pasara mayoritariamente por los ciudadanos”, comentó el abogado Gonzalo Romero, supervisor de la Oficina de Jurados Populares. 

En este sentido, explicó: “Ha sido indudablemente una experiencia inédita que permitió que luego el resto del país, en provincias como Entre Ríos, Buenos Aires, Neuquén y Formosa, fueran tomando decisiones parecidas al que rige en Córdoba”. 

Ambos ciudadanos, Rubén y Mauricio, serán reconocidos como los primeros ciudadanos de Argentina en intervenir en un juicio. El homenaje está a cargo del Tribunal Superior de Justicia debido a su participación en el juicio de 1998.

Cómo se llega a ser jurado popular

En Córdoba, se encuentran vigentes dos sistemas de Juicios con intervención de Jurados Populares. El primero, vigente desde el año 1998, contempla la posibilidad de que un Tribunal (a pedido de las partes) se integre con dos jurados populares, para el juzgamiento de aquellos delitos cuya pena máxima sea de quince años o más de prisión. 

Asimismo, a partir del año 2005, con el dictado de la ley 9.182, los delitos económicos, los hechos de corrupción y los atentados contra la vida más graves del Código Penal, llamados “crímenes aberrantes”, son juzgados, obligatoriamente, por un tribunal integrado por jueces técnicos y jurados populares. De acuerdo a la Ley citada, los jurados populares deciden junto a los magistrados sobre la culpabilidad o la inocencia del imputado.

La palabra “jurado” identifica a los ciudadanos sin conocimientos jurídicos que son convocados para ser jueces eventuales y que integran, con los jueces técnicos permanentes, el tribunal (Cámara en lo Criminal) que juzgará un caso concreto y real. 

Esta función de jurado es una actividad esporádica en la vida del ciudadano. A través de los jurados, los jueces técnicos tendrán un canal de comunicación con las valoraciones del pueblo sobre la necesidad y la efectividad de las actuaciones de la ley penal y, en suma, con la realidad social.

Justicia participativa: a 25 años del primer juicio con jurados populares de Córdoba