La Cámara Federal de Córdoba ordenó a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC) cubrir el 100% de los gastos de internación en una residencia privada de una mujer de 84 años.

Según el fallo, aprobado por mayoría, la mujer tiene 84 años y padece  demencia vascular, problemas relacionados conla necesidad de supervisión continua y trastornos de conducta. Su familiar a cargo, una sobrina, afirmó que ella no puede encargarse del cuidado continuo que requiere.

La mujer vive desde marzo de 2019 en la residencia "Nueva Vida". La persona a cargo de la internada había iniciado un juicio contra la obra social para que cubriera la totalidad de la internación.

Sin embargo, OSECAC objetó:" La cobertura de residencias geriátrica no es una prestación
obligatoria para las Obras Sociales, ya que no se encuentra en el Programa Médico Obligatorio".

"Dichas instituciones no constituyen por si mismas “prestaciones médicas” o “tratamiento terapéutico” alguna, en tanto su objetivo es brindar al internado servicios de hotelería, alimentación y cuidados básicos de higiene y confort", agregaron.ç

El camarista Eduardo Ávalos refutó el argumento de la obra social y expuso: "Como   bien   establece   la   ley 24.901, la cobertura de salud del discapacitado debe ser integral y debe proporcionarse los servicios de salud que específicamente necesiten las personas   con   discapacidad   como   consecuencia   de   su   discapacidad   de conformidad a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad".