El aguinaldo o sueldo anual complementario (SAC) es una remuneración extra que cobran los trabajadores en blanco, jubilados y pensionados. Equivale aproximadamente a un salario y se cobra en dos partes: a mitad y fin de año.

Según la ley, la segunda parte del aguinaldo se debe cobrar antes del 18 de diciembre. Hasta 2015, el pago era hasta antes de fin de año. Sin embargo, el Congreso modificó la Ley de Contrato de Trabajo para que los trabajadores pudieran disponer del dinero antes de las fiestas.

El medio aguinaldo se calcula en base a la mejor remuneración percibida en el semestre dividido en dos.

En el caso de los trabajadores se computa el sueldo, las horas extras y otros plus remunerativos. Los conceptos no remunerativos como asignaciones o convenios salariales no se incluyen en el cálculo.

Por ejemplo, si la remuneración de una persona fue:

Julio: 30 mil pesos
Agosto: 32 mil pesos
Septiembre: 33 mil pesos
Octubre: 36 mil pesos
Noviembre: 33 mil pesos
Diciembre: 34 mil pesos

Como octubre fue la remuneración más alta (36 mil pesos), el medio aguinaldo será de 18 mil pesos.

Ante estos casos, la ley prevé un cálculo proporcional del aguinaldo.

Para determinar el monto correspondiente, se calcula habitualmente el aguinaldo y se resta el proporcional por los meses no trabajados.

Por ejemplo, si la remuneración de una persona fue:

Julio: 30 mil pesos
Agosto: 32 mil pesos
Septiembre: 33 mil pesos
Octubre: 36 mil pesos
Noviembre: No trabajado
Diciembre: No trabajado

Octubre es el mes de mayor remuneración con 36 mil pesos. Entonces, el medio aguinaldo sería el 50% de dicho monto: 18 mil pesos.

Sin embargo, el trabajador fue despedido y no trabajó ennoviembre y diciembre. Por lo tanto, se divide el medio SAC en los seis meses (18 mil pesos/ 6 meses = 3 mil pesos) y se multiplica por los meses trabajados solamente (3 mil pesos x 4 meses trabajados = 12 mil pesos).

En total, el trabajador percibirá 12 mil pesos de aguinaldo.

La fecha de pago de aguinaldo para jubilados inician el 9 de diciembre.

Los que perciben menos de 14.705 pesos de haberes. El cronograma es el siguiente:

9 de diciembre: DNI terminados en 0 y 1

10 de diciembre: DNI terminados en 2 y 3

11 de diciembre: DNI terminados en 4 y 5

12 de diciembre: DNI terminados en 6 y 7

13 de diciembre: DNI terminados en 8 y 9

Para los jubilados con haberes mayores a 15.991 pesos, el cronograma es:

16 de diciembre: DNI terminados en 0 y 1

17 de diciembre: DNI terminados en 2 y 3

18 de diciembre: DNI terminados en 4 y 5

19 de diciembre: DNI terminados en 6 y 7

20 de diciembre: DNI terminados en 8 y 9