El Banco Central de la República Argentina (BCRA) aseguró que no hay impedimentos para que las entidades financieras vendan dólares a los clientes que cumplan con los requisitos para hacerlo, pese a que la operatoria está inhabilitada en las homebanking de todos los bancos desde el miércoles de la semana pasada.

La autoridad monetaria señaló que la base de datos de las personas que reciben un plan social, que es uno de los criterios de exclusión para comprar hasta 200 dólares para ahorro, está disponible en Internet y es pública.

Sin embargo, desde los bancos argumentaron que para acceder a esa información es necesario ingresar manualmente los datos de cada cliente en la página web de la Anses, lo que torna al cotejo "virtualmente imposible" para las operaciones a través de Internet.

La semana pasada, a través de la comunicación "A" 7105, el Central determinó que no podrán comprar dólar los beneficiarios de un plan o programa de ayuda social, incluyendo los subsidios de carácter alimentario, entre otras medidas restrictivas.

La normativa del BCRA publicada la semana pasada no permite a los bancos emitir una declaración jurada para que el cliente diga que no son titulares de un plan social y, en cambio, deben verificarlo individualmente.

"Las entidades financieras deberán realizar una consulta en la página de Internet de la Anses de la que resulte una certificación negativa denegada por contar la persona con ingresos propios por estar en relación de dependencia, ser beneficiaria de haberes previsionales o ser trabajadora autónoma, monotributista o de casas particulares", detalló el Central en la comunicación.

Desde el sector bancario argumentaron que el modo de acceso a esta información no es operativa y señalaron que otra opción podría ser que la Anses les otorgue el listado de titulares de planes.

Tanto los bancos como el BCRA trabajan en una solución para este procedimiento que por el momento impide comprar dólares a través del sistema homebanking.

Las restricciones

La comunicación "A" 7105 restringió la compra de moneda extranjera a los beneficiarios de IFE, AUH y el resto de los planes sociales, así como a quienes no tengan ingresos declarados y a los cotitulares de cuentas en moneda extranjera.

También impidió la operatoria a quienes hayan refinanciado cuotas de créditos personales y prendarios, cuotas de créditos hipotecarios, el saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses o sean deudores de créditos hipotecarios UVA.

Además, impuso que la compra de dólar oficial tenga una percepción de 35% sobre el impuesto a las Ganancias o Bienes Personales, que se suma al recargo del 30% del impuesto PAÍS que se aplican sobre el precio de venta oficial de la divisa.

Fuente: www.telam.com.ar