La  Administración Federal de Ingresos Públicos determinó que ningún monotributista será dado de baja por el régimen de falta de pago, el cual establece que si un contribuyente no paga por 10 meses de forma contínua, automáticamente es cesado del sistema tributario.

Con estos tres meses de gracia, el organismo busca cubrir el período desde que el virus pandémico llegó a Argentina y comenzó a afectar la actividad económica.

Así lo comunicó el Boletín Oficial a través de la Resolución General N°4918/2021, la cual contempla una serie de beneficios para los pequeños contribuyentes.

Además, otro de los beneficios otorgados por dicha resolución es que si los ingresos brutos del contribuyente excede el límite máximo tampoco serán dados de baja, como lo determinaba la normativa de AFIP. Esto será vigente hasta Abril.

Por otra parte, la Resolución General 4917/2021 determinó la extensión hasta el 31 de marzo de este año para los beneficios en las tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la adhesión temprana a los planes de facilidades de pago permanentes.