Para acreditar su condición ante la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP), el ministerio de la Producción y otros organismos, todas las micro, pequeñas y medianas Empresas deben tramitar el Certificado MiPyME. Se trata de un documento obligatorio que permite acceder a financiamiento, beneficios impositivos y programas de asistencia para tu empresa.

Una vez tramitado, tiene una vigencia de cuatro meses, plazo antes del cual deberán efectuar los pasos para la recategorización, con el objetivo de seguir manteniendo los beneficios, el acceso a créditos y asistencia.

Para realizarlo las empresas englobadas en esos sectores, deberán descargar y consultar el certificado, ingresando a la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o a través de https://pyme.produccion.gob.ar/certificado/

Cómo tramitarlo paso a paso

-Ingresar a la página de la AFIP con CUIT y clave fiscal.

-Ir a “Administrador de Relaciones de clave fiscal” y hacer clic en “Habilitar Servicio”.

-En “Servicios Interactivos”, seleccionar “PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios” y hacer clic en “Confirmar”.

-Cerrar sesión y volver a ingresar con clave fiscal.

-Ir a “PYMES”, seleccionar “Nuevo” y chequear la información registrada.

-Completar el formulario 1272 en el caso de responsables inscriptos, exentos de IVA, monotributistas o PyMEs que tienen participación patrimonial con otras empresas.

-Una vez completados los pasos anteriores, se puede visualizar la respuesta a la solicitud en el Domicilio Fiscal Electrónico de la AFIP. El Certificado MiPyME será enviado a la bandeja de entrada de notificaciones del TAD. En caso de que el solicitante no lo reciba, puede descargarlo en el sitio web destinado a este trámite, con el número de transacción.

Recategorización

Será automática para aquellas empresas que tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y de Cargas Sociales de los últimos 3 ejercicios o el monotributo. Luego de que AFIP envíe automáticamente las solicitudes de renovación, las empresas que sean parte de un grupo económico, tengan vinculación con empresas extranjeras o sean IVA exento deberán finalizar el trámite de forma manual. Asimismo, las que tengan como forma jurídica “otras entidades civiles” u “otras sociedades” deberán contactarse a fin de que se verifique manualmente la solicitud.
Aquellas empresas que estén alcanzadas por tope de activo deberán verificar que hayan realizado la última declaración jurada del Impuesto a las Ganancias.

La forma de finalización del trámite dependerá del tipo de empresa:

Una vez que AFIP envíe la información a SEyPyME, las empresas que sean IVA exento, tengan vinculación o formen parte de un grupo económico deberán finalizar el trámite manualmente:

-Los IVA exento deberán terminar el trámite en https://pymeproduccion.gob.ar/iva-exento/login

-Los que tengan vinculación nacional deberán aguardar que todas sus vinculadas completen el trámite de inscripción

-Los que tienen vinculación extranjera deberán informarlo al  mail regpyme@produccion.gob.ar, indicando CUIT y número de transacción de la empresa nacional.

-Los que forman parte de un grupo económico deben verificar, antes de culminados los 4 pasos anteriormente detallados, la correcta declaración en el F. 657 indicando la situación de controlada y controlante. Si esta presentación es correcta, luego de finalizado el período de revisión del proceso de reinscripción automática, deberán terminar el trámite acá, donde la controlante deberá declarar las ventas consolidadas del grupo económico de los últimos 3 ejercicios fiscales.

-En caso de que la controlante del grupo sea extranjera. el micrositio se habilitará para que lo complete la controlada nacional que solicitó la inscripción en el Registro MiPyME

-Asimismo, las empresas que tengan como forma jurídica “otras entidades civiles” u “otras sociedades” deberán envar el estatuto de la empresa a través de la plataforma TAD En el buscador colocar Categorización MIPyME, luego elegir el trámite “CATEGORIZACIÓN MIPyME - Documentación adicional” e ingresar, a través del botón de AFIP, con CUIT y clave fiscal a fin de que se verifique manualmente la solicitud.