Tras el lanzamiento de la Moratoria 2020, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó una serie de beneficios para los contribuyentes cumplidores. La medida fue oficializada mediante la Resolución General 4855/2020 en el Boletín Oficial.

Los beneficios consisten en exenciones al Monotributo, deducciones especiales en el Impuesto a las Ganancias y amortizaciones aceleradas a micro y pequeñas empresas.

Los contribuyentes cumplidores podrán acceder a los beneficios hasta el 30 de noviembre de 2020 mediante el portal de la AFIP en la sección de monotributo o Sistema Registral.

AFIP lanzó beneficios para contribuyentes cumplidores

Cómo accedo a la exención del Monotributo

Para acceder a la exención hay que contar con todos los datos actualizados (domicilio fiscal, actividad, etc.) y no hay que tener deudas tributarias hasta el 26 de agosto de 2020. Vale aclarar que los contribuyentes deberán seguir pagando la obra social y el concepto previsional. El tope de exención es de 17500 pesos.

La exención es a partir de enero de 2021, y la cantidad de meses de beneficio dependerá de la categoría:

El tope de exención es de 17.500 pesos y la cantidad de meses depende de la categoría.

Categoría del Pequeño Contribuyente / Períodos fiscales a eximir:

Categorías A y B: Enero de 2021 a junio de 2021

Categorías C y D: Enero de 2021 a mayo de 2021

Categorías E y F: Enero de 2021 a abril de 2021

Categorías G y H: Enero de 2021 a marzo de 2021

Categorías I, J y K: Enero de 2021 a febrero de 2021

Los interesados podrán acceder al beneficio en “Beneficio a cumplidores”, a través del servicio “Sistema Registral” o del “Portal Monotributo” de la página web de AFIP.

Si el contribuyente cumple con los requisitos, el pedido quedará aceptado automáticamente y se expedirá una constancia de exención.