Por medio de la Resolución 87/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso modificaciones en el modo en que deberán efectuarse los pagos con tarjetas de débito y crédito en los comercios.

Con la intención de evitar los múltiples robos de datos, fraudes y estafas que se han conocido y denunciado, ahora la decisión es que solo sea el cliente quien manipule su plástico, el que ya no quedará más en manos del comerciante, como ocurría hasta ahora.

“Resulta de público y notorio conocimiento la reiteración de hechos de fraude informático en el mercado consistentes en capturar los datos de los consumidores contenidos en sus tarjetas de crédito, compra o débito, que, con posterioridad, son utilizados para la comisión de hechos ilícitos generando -en muchos casos- graves perjuicios para los intereses económicos de los consumidores”, reza la resolución.

“El hecho de que el consumidor pierda el control respecto del uso de su tarjeta de crédito, compra o débito, o quede desapoderado de la misma -aun temporariamente-, cuando realiza una compra o locación de bienes o servicios, ha dado lugar a la apropiación indebida de datos del consumidor para consumar hechos de fraude”, reconoce la disposición.

De este modo, se exigirá que los comerciantes pongan a disposición del cliente, o trasladen hasta donde está el cliente (por ejemplo en restaurantes o bares) las terminales, para que el propio propietario de la tarjeta efectúe el pago.

La intención es que “el consumidor, en cuanto a la utilización de su tarjeta, no pierda el control de la misma en ningún momento de la transacción, lo que reducirá la posibilidad de la captura indebida de sus datos, o su uso fraudulento”, se agregó

Qué dispone la resolución y en qué plazo será definitivo el cambio

La norma resuelve que todos los establecimientos comerciales que acepten tarjetas de crédito, compra o débito para la realización de sus transacciones comerciales y operen con terminales electrónicas para el pago de las mismas “deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación”.

Para esta adaptación, para la cual muchos comercios deberán incorporar los posnet inalámbricos, se establece “un plazo de adecuación de 180 días desde la entrada en vigencia de esta norma, a efectos de que los proveedores adapten los servicios de atención al cliente de acuerdo a lo establecido en la presente resolución”.

En rigor, la norma quedó en vigencia con la publicación de la misma en el Boletín Oficial, algo que se concretó este martes.