A través de la resolución 132/2020, el ministerio de Agricultura de la Nación, resolvió que para mantenerse en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustiral (RUCA), los exportadores de granos y carnes, entre otros, deberán cumplir con la obligación de liquidar divisas en el mercado de cambios.

La normativa obliga así a rendir los dólares obtenidos por sus ventas al exterior, caso contrario serán eliminados del RUCA y por lo tanto no podrán seguir exportando.

En uno de los considerandos, la resolución sostiene que "se propone incluir como obligación emergente de la inscripción y mantenimiento de la matrícula en el RUCA el cumplimiento por parte de los operadores de la normativa cambiaria, en especial el ingreso y liquidación de divisas en el mercado de cambios, en los plazos y condiciones que en ella se establezca".

En el Gobierno seguían de cerca lo que sucedía en la exportación de carne vacuna, por posible subfacturación que realizaban empresas que se metieron en el negocio, aprovechando la situación de la brecha en las cotizaciones del dólar.

Por otra parte, cabe recordar que las divisas ingresadas por las exportaciones del complejo granario hasta noviembre, cayeron casi 3000 millones de dólares con relación a los primeros once meses de 2019, según datos de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (Ciara) y el Centro de Exportadores de Cereales (CEC).