Economía
Monotributistas: el 20 de enero vence el plazo para la recategorización
Los contribuyentes deberán evaluar si han tenido modificaciones en sus montos de facturación en los últimos doce meses.
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Según detalla la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), las modificaciones deberán hacerse a través del sitio web del ente recaudador fiscal.
La recategorización procede "sólo si en los últimos 12 meses se registraron cambios en e desarrollo de la actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de los ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, se deberá recategorizar.
Por el contrario, si no se registraron cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de la actividad, no se deberá hacer ningún trámite y se da por entendido que corresponde seguir en la misma categoría".