Pedro Yanzi Aspell, abogado especialista en derecho laboral, explica el DNU que prohíbe despidos.

Sin dejar de reconocer que la situación de la pandemia afectó directamente a "la actividad económica del país y en el sistema de producción de bienes y servicios”, el gobierno nacional toma medidas buscando proteger las fuentes de trabajo.

Por eso, el presidente Alberto Fernández, junto a todos sus ministros, firmaron un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) prohibiendo despidos y suspensiones durante los próximos sesenta días.Apunta, directamente, a cesantías "sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor". Deja en el mismo lugar a suspensiones laborales establecidas por los mismos motivos.

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La norma tiene alcance sobre suspensiones provocadas recientemente por las causas mencionadas, las cuales "no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales”.

Así como Fernández lo había hecho público, el DNU hace mención a la necesidad de "tutelar de forma directa a los trabajadores y a las trabajadoras" en un contexto "de emergencia”.

Tajante, se hace mención a que, en estos tiempos "el desempleo conlleva a la marginalidad de la población”.

Prohíben despidos y suspensiones sin causa o por "falta de trabajo"