El Senado sancionó este miércoles una ley para regular la situación de personas apátridas, es decir, personas que se encuentran sin nacionalidad debido a la disolución del estado donde nacieron o diversas irregularidades.

"Argentina adhirió en 1954 a la Convención sobre el Estatuto de Apátridas y en 1961 a la Convención para Reducir los Casos de Apatridia, pero nunca dictó una ley que regulara este procedimiento. Ahora lo venimos a hacer, 57 años después del primer compromiso asumido”, expresó la senadora radical Silvia Elías de Pérez.

La ley establece que la Comisión Nacional para los Refugiados (CONARE) será la encargada en definir si una persona es apátrida.

La entidad entrevistará personalmente al solicitante, que será asistido por un letrado y también por un traductor o intérprete si fuera necesario.

De esta manera, las personas apátridas podrán acceder en Argentina a un documento provisorio por la cual podrá acceder a los derechos básicos.

El estatuto de apátrida no será concedido a las personas que hayan cometido un delito contra paz, delito de guerra, delito contra la humanidad o delito grave de índole no política.