La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme una resolución que declara inconstitucional que jubilados paguen el Impuesto a las Ganancias. Luego del fallo se deja firme una disposición dictada meses atrás por la Cámara de Seguridad Social.

El fundamento para dejar firme la resolución se basa en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. En él, se señala expresamente que el Estado "otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable".

El fallo sienta un precedente para los futuros juicios por el pago de Ganancias en jubilados. Por ello, se espera que se abran múltiples juicios al respecto o que se regule la aplicación a través de una normativa.

Previamente, el mínimo no imponible era de hasta 83 mil pesos, equivalente a seis jubilaciones mínimas. El tope podía bajar si el jubilado trabajaba en relación de dependencia o desarrollaba una actividad económica.