La mediación aparece en Córdoba en el mes de Agosto del año 2018 por ley Nº: 10543 como un proceso de resolución pacífica de situaciones conflictivas entre personas, la ley la define como prejudicial y obligatoria ósea antes de iniciar una acción judicial el requirente debe requerirle al otro participante llamado requerido su pretensión en una mediación que se hace obligatoria asistir ya que en caso contrario al inasistencia de alguno de los participantes la ley los multa con 5 Ius equivalente a las personas físicas y 10 Ius a las personas jurídicas ,a su vez la ley incluye una serie de principios que garantizan que el desenvolvimiento del proceso tenga seguridad jurídica y en un marco de respeto  ya que el mediador debe enunciarlos en forma y lenguaje claro en el discurso inicial que como las palabras lo dicen es lo que dice el mediador al iniciar la mediación propiamente dicha , los principios son :

Voluntariedad : cualquiera de los participantes excepto los mediadores pueden retirarse del proceso de mediación una vez finalizado el discurso inicial por le mediador.

Confidencialidad: todo lo que se hable dentro de la mesa de mediación hoy en forma virtual no debe ser develado por ningún medio con la excepción si se detecta en el relato de los participantes que se está por cometer un delito para evitar que su comisión y se está cometiendo para evitar que que continúe solo en estos casos puede ser relevada la confidencialidad interpretando las causas con carácter restrictivo y los supuestos de excepción surgir de manera evidente .

Imparcialidad: los mediadores son imparciales no deben tener declinación por ningún participante, no pueden opinar , sugerir ni asesorar para ello la ley exige como obligatorio que el requirente y requerido sean acompañados por abogados con matrícula en el lugar en que se realice la mediación, tampoco los mediadores pueden ser testigo en un futuro juicio sobre el caso mediado.

Honorarios: La Mediación tiene Honorarios 2 Ius por parte en cada reunión 1 Ius en la segunda reunión si hubiere y si fuese el resultado con acuerdo el 4% del monto y el acuerdo fuese sin monto determinado 4 Ius por reunión .

En mi opinión La Mediación bien realizada con mediadores con actitud mediadora y preparados para tal fin  y participantes con voluntad de mediar que puedan llegar a comunicarse en forma Honesta-directa y espontánea lo que se llama asertivo que es  todo lo contrario a la agresividad de una persona se convierte en un instrumento Mágico porque logra lo que tanto anhela un ser humano que es vivir en armonía con sus semejantes que es la mejor forma de vivir sin rencores cuidando su salud al no vivir en estado de distres o llamado estrés malo producido muchas veces por un juicio que podría ser evitado juicio que genera mucha incertidumbre y todo lo que eso acarrea, por todo esto y por mucho más según mi parecer y experiencia como ser humano y mediador LA MEDIACIÓN ES UN INSTRUMENTO DE PAZ