Con una lucha histórica contra la discriminación ya escrita, el Gobierno dio un paso este viernes con la publicación del decreto 721/2020 que establece un cupo laboral de personas travestis, transexuales y transgénero en la administración pública nacional.

La decisión, firmada por el presidente Alberto Fernández y la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, y el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, es parte del Boletín Oficial de hoy.

El contexto era una discusión de varios proyectos en la Cámara de Diputados, varios elaborados por la cordobesa Gabriela Estévez.

Qué se establece

Su primer artículo refiere que "los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al uno por ciento de la totalidad de los mismos por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo".

Remarcando que incluye a "cualquiera de las modalidades de contratación vigentes", la norma establece que "deberán reservarse las vacantes" para personas que integren dichas minorías, "hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen" requerido legalmente.

Se dispone a su vez la creación del "Registro de anotación voluntaria de personas travestis, transexuales y/o transgénero aspirantes" a ingresar al sector público nacional.