El Senado trata este viernes el proyecto de Ley de Aporte Solidario y Extraordinario de Grandes Fortunas y una iniciativa que prohíbe la venta de tierras incendiadas en plazos que van de 30 a 60 años para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.

La iniciativa prevé el cobro de 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de 200 millones de pesos.

Esa tasa se elevará al 2,25% en casos bienes por entre 300 y 400 millones de pesos, al 2,50% entre 400 y 600 millones y al 2,75% cuando sea de 600 a 800 millones.

La tasa subirá al 3% cuando los patrimonios oscilen entre 800 millones y 1.500 millones; al 3,25% para el rango de 1.500 a 3.000 millones de pesos, y a partir de esa cifra será del 3,5%.

En tanto, los senadores aprobaron la iniciativa que protege los ecosistemas de los incendios accidentales o intencionales y prohíbe la venta de terrenos incendiados en plazos que van de 30 a 60 años, para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.

El proyecto consta de 4 artículos y modifica la Ley 26.815 de Manejo del Fuego para establecer que “no se podrá cambiar el uso de esas zonas para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino que la superficie tuviera como habitual al momento del incendio”.

Ese uso no podrá ser modificado por el término de 60 años para que “los bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales” tengan garantizadas las “condiciones para la restauración de las superficies incendiadas”.
 

Fuente: Télam