El gobierno nacional dispuso este jueves que los profesionales de algunas actividades puedan recomenzar sus actividades laborales en forma parcial.

Por un lado, se trata de "profesiones liberales", que incluye a abogados y contadores, entre otros.

La medida, publicada en el Boletín Oficial, designan que la normalización parcial será en las provincias de Entre Ríos, San Juan, Misiones, Salta, Neuquén y Jujuy, estando sujetas a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales.

Asimismo, el documento aclara que los desplazamientos de las personas alcanzadas deberá limitarse al estricto cumplimiento de las actividades profesionales.

La disposición aclara que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá, en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto la excepción, según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria nacional, de la evolución de la situación epidemiológica.

Tucumán

En Tucumán, por su parte, la normativa alcanzará a los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos y a las oficinas de rentas de las provincias y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

Además, habrá flexibilidad para la actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas; para la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

Laa tención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo también estará exceptuada, como así también los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo; las ópticas, con sistema de turno previo; los peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias; los establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género; la producción para la exportación y los procesos industriales específicos.

Obra privada

La normativa también señala que se exceptúa de la prohibición de circular, en el ámbito de las Provincias de San Juan, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Entre Ríos, Salta, Mendoza, La Pampa y Jujuy a las personas afectadas al desarrollo de obras privadas.