Ante un nuevo pedido de la Asociación para la Promoción de Derechos Civiles y la Asociación Portal de Belén, este jueves pasado la Justicia decidió suspender la disposición que autorizaba al laboratorio Domínguez la venta de Misoprostol, el medicamento utilizado para la interrupción del embarazo.

La jueza en lo contencioso administrativo Cecilia Gilardi de Negre hizo lugar a la cautelar presentada contra la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) porque, según su postura, de la lectura del prospecto del medicamento surgen “precauciones y advertencias”, y que debe ser usado en centros hospitalarios, por lo que ante el peligro o riesgos para la salud de la gestante, resolvió suspender la disposición que autorizaba su venta.

Esta cautelar buscaba que se declare la "nulidad absoluta e insanable" por inconstitucional del "Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo", según lo establecido en el artículo 86 del Código Penal incisos 1º y 2º por violación al derecho a la vida, sin embargo ese cambio fue rechazado por la jueza y seguirá vigente.

De acuerdo a la disposición del Ministerio de Salud, el Misoprostol presenta seguridad para uso ambulatorio con seguimiento médico sin riesgos para la gestante si se realiza durante el primer trimestre del embarazo; permite que la gestante con su médico habitual pueda decidir cómo y dónde llevar adelante la interrupción del embarazo de configurarse alguna de las causales de interrupción legal del embarazo (ILE) y no la obliga a concurrir al subsistema público de salud; y que –por ello- es necesario la disponibilidad del medicamento en una dosis de 200 mg en las farmacias.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) incluye desde el año 2005 el misoprostol en Lista de Medicamentos Esenciales, cuyo fin es orientar a los ministerios de salud pública de los países miembro. Ya está incluido en los protocolos de muchos país y su uso es ambulatorio.

No es la primera medida judicial que impulsa el Portal de Belén. En el mes de septiembre el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó el recurso extraordinario interpuesto por esa asociación que, durante siete años, buscó evitar la aplicación de la Guía de Atención de Aborto No Punible en la provincia de Córdoba.