Nuevamente, una muerte, irreversible, genera medidas para casos futuros. En ese camino se entiende la autorización para el "acompañamiento de pacientes" en casos terminales.

Está incluido en el artículo 27 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) fechado este lunes, que extiende las restricciones en medio de la pandemia por coronavirus.

El "caso Solange", la joven que falleció en Alta Gracia como consecuencia de un cáncer de mama es el desencadenante de tal medida. A su padre, residente en la neuquina localidad de Plottier, no lo dejaron ingresar a la provincia en un control policial y denunció tamaña cuestión.

Su denuncia a las autoridades es analizada, en medio de una indescriptible congoja.

Tras el caso Solange, habilitan el "acompañamiento" a pacientes terminales

El texto de la flamante norma, que deberá ser reglamentada por gobernadores en cada caso, remarca: "Deberá autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los y las pacientes con diagnóstico confirmado de COVID-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento".

Se dispone allí que las autoridades "deberán prever la aplicación de un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes que resguarde la salud del o de la acompañante", además de cumplir protocolos sanitarios y el requerimiento del "consentimiento previo, libre e informado por parte del o de la acompañante".