El Banco Central reiteró a las entidades financieras, o sea a los otros bancos, que no pueden realizar ningún tipo de descuento y que deben reintegrar los efectuados en forma indebida a personas beneficiarias de las transferencias efectuadas por la ANSES.

A través de la Comunicación B 11996 dispuso que el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), instituido mediante el Decreto 310/20 del Poder Ejecutivo Nacional, tiene carácter netamente alimentario y no corresponde deducir de ese beneficio ningún tipo de concepto.

La entidad explicó que no se pueden realizar descuentos aunque se trate de "operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros, tales como cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario, débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios y otros conceptos".

A partir de las denuncias realizadas por los beneficiarios del programa, la Superintendencia de Entidades Financieras dispuso que los bancos deben revertir y devolver cualquier tipo de descuento efectuado.

Además, ese organismo se encuentra analizando los reclamos y en caso de corresponder actuará dentro del marco de su competencia, labrando los sumarios y disponiendo las sanciones pertinentes.

Los beneficiarios de las transferencias dispuestas por ANSES que detecten débitos que no corresponden deberán iniciar el reclamo en la entidad bancaria donde percibe el beneficio.

Las entidades tampoco pueden descontar de Asignaciones Universales por Hijo o del salario complementario.

¿Cómo reclamar para que se devuelva lo descontado del IFE?

Los beneficiaros del Ingreso Familiar de Emergencia, que se está otorgando con motivo de ayudar a sostener la difícil situación económica que están pasando los sectores mas vulnerables del país, han manifestado que están sufriendo descuentos en el dinero correspondiente al bono, por lo que empezaron a preguntarse si esto que está sucediendo, es legítimo.

Según la resolución 84/20, que fue publicada el día 5 de Abril de este año en el Boletin Oficil, está determinado en el artículo 4 que: “Se dispone que el INGRESO FAMILIAR DE EMERGENCIA (IFE) que se otorga no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”.

Por lo tanto queda claro que los Bancos no pueden manipular de ninguna manera este dinero, los subsidios alimentarios están exentos de recibir retenciones.

Si fuiste aprobado/a para cobrar el IFE y aún no lo hiciste o tenés dudas sobre en qué fecha te corresponde hacerlo te facilitamos a continuación el trámite correspondiente paso a paso:

El Banco central ha determinado que todos aquellos beneficiarios que se les haya descontado por débitos que tengan que ver con prestamos tomados en Anses o con terceros, deberán reclamar en el Banco donde cobran habitualmente el bono para que les restituyan el dinero.

Hay testimonios de gente que ha ido a cobrar el bono y encuentran con que en su cuenta sólo hay 80 pesos, o ven discriminados descuentos de mas de $5000 por diferentes motivos, sin embargo, algunos han logrado que les reintegren el efectivo haciendo reclamos a través de defensa al consumidor, por su parte, este organismo, dedujo que estos descuentos son producto de que los sistemas informáticos de los bancos no estaban adaptados como debían para cumplir con las actuales normativas.

¿Cómo reclamar si me descontaron de los $10.000 del IFE?

¿Cómo reclamar servicios y/o productos financieros?

Para que tu reclamo sea direccionado a la Dirección de Defensa del Consumidor deberás contar con la siguiente información y documentos:

1. Ser usuario final de servicios financieros (Se considera usuario final de servicios financieros a las personas humanas y jurídicas que en beneficio propio o de su grupo familiar o social y en carácter de destinatarios finales, sin fines comerciales, hacen uso de los servicios ofrecidos por los bancos, compañías financieras y/o tarjetas de crédito.)

2. Número de reclamo asignado por la entidad financiera o emisora de tarjeta de crédito involucrada.

3. Anverso y reverso de tu DNI.

4. Reclamo que hiciste a la entidad.

5. Respuesta brindada por la entidad a tu reclamo.

6. Haber transcurrido 10 días hábiles desde que se presentó de tu reclamo.

¿Cómo reclamar si me descontaron de los $10.000 del IFE?

Recordá que también podés comunicarte con la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor, o mediante la línea gratuita 0800-666-1518 o escribiendo a consultas@consumidor.gob.ar