El Gobierno provincial volvió a actualizar el valor de las multas por infracciones a la Ley Provincial de Transito N°8560 mediante una nueva resolución del Ministerio de Seguridad que fue publicada hoy en el Boletín Oficial de Córdoba.

Los montos de las sanciones se determinan mediante Unidades Fijas denominadas (UF), que equivalen al menor precio de venta al público correspondiente a un litro de nafta súper. El último aumento había ocurrido hace casi un mes, el pasado 8 de octubre.

Ver: Aumentan el valor de las multas que realiza la Policía Caminera

La resolución adoptada por el Gobierno eleva el valor de la UF desde los actuales $64,94 a $67,34, es decir que aplica un incremento del 3,7%.

“Conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República (FECAC), el valor del referido combustible al día 5 de noviembre del corriente año es de $67,34, registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior. Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 (T.O 2004), sus modificatorias, lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N° 46/2020, y en ejercicio de sus atribuciones. El director general de prevención de accidentes de tránsito resuelve establecer el valor de la Unidad Fija de Multa (UF) por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 (T.O 2004) en la suma de pesos sesenta y siete con treinta y cuatro centavos ($67,34)”, indica la resolución.

Además, el documento resolutivo indica que la medida tendrá vigencia “desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva”.

A cuánto llegan las multas de la Caminera tras un nuevo aumento

Nuevos valores

De acuerdo al nuevo valor de la UF y las sanciones que prevé la Ley Provincial de Tránsito de Córdoba, se pueden establecer los valores de referencia para las multas que regirán desde hoy:

Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta cien (100) UF, es decir multas de hasta $6.734.

Las infracciones graves con multa de hasta doscientas (200) UF, o sea sanciones de hasta $13.468.

Las infracciones muy graves con multa de hasta cuatrocientas (400) UF, o sea multas de hasta $26.936.

En cuanto a otras infracciones específicas, graves y muy graves, para las que se prevé sanciones con multas de entre 120 y 2.000 UF, el impacto del incremento eleva el monto máximo hasta los $134.680.