En medio de la cuarentena obligatoria y el aislamiento social dispuesto para evitar los contagios con coronavirus, el Ministerio de Transporte de la Nación autorizó traslados excepcionales, solicitados por razones especiales.

Mediante la resolución 90/2020, se autorizaron los viajes por traslados excepcionales para casos de carácter sanitario y/o humanitario y/o de abastecimiento, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige en el país desde el 20 de marzo.

La medida que ya rige por haber sido publicada en el Boletín Oficial, abarca a los traslados internos de ciudadanos nacionales que presenten algunas de las razones descriptas.

La medida tiene el visto bueno del Ministerio de Salud y no rige para los traslados por obligaciones laborales y/o servicios expresamente excluidos del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Los artículos resolutivos de la normativa:

RESOLUCIÓN 90/2020

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento que la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE deberá aplicar para la autorización de traslados excepcionales, peticionados por razones de carácter sanitario y/o humanitario y/o de abastecimiento, en el marco del artículo 6° de la Resolución N° 71 de fecha 20 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, que como Anexo (IF-2020-25842645-APN-SSTA#MTR) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT).

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.