La Administración Nacional de la Seguridad Social detalló cómo es el bono extraordinario para jubilados, según la ley de Solidaridad Social. La acreditación del bono se realiza este viernes 27 de diciembre.

La ley de Solidaridad Social también establece la suspensión del cálculo de movilidad de haberes por 180 días. El presidente Alberto Fernández prometió que se aplicará un aumento por decreto el próximo mes de marzo.

¿Quiénes lo cobran?

Los jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, pensiones no contributivas o Pensión Universal para el Adulto Mayor percibirán el bono.

La medida "apunta a sostener a los segmentos más vulnerables y golpeados por la aguda crisis económica y social que atraviesa la Argentina", explicó Anses.

¿Cuándo se paga?

El Gobierno Nacional adelantó el pago del primer bono  para el viernes 27 de diciembre.

El segundo bono se pagará en enero. Este beneficio es solamente para jubilados, pensionados, PNC y PUAM.

¿De cuánto es el monto?

Los beneficiarios de la AUH, AUH con discapacidad y AUH para Protección Social cobrarán 2 mil pesos por cada hijo o hija con un límite de hasta cinco asignaciones. Es decir, si un beneficiario percibe seis AUH solamente recibirá cinco bonos de cinco mil pesos.

En el caso de la Asignación por Embarazo, cobrarán los 2 mil pesos las embarazadas que ya estén percibiendo la Asignación.

Los jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo, que actualmente es de 14.068 pesos, cobrarán 5 mil pesos antes de fin de año y una suma igual en enero del año próximo.

Los que cobran más de dicho monto percibirán un bono hasta llegar un a un máximo de 19.068 pesos junto con el haber previsional. Es decir, si un jubilado percibe 16 mil pesos, recibirá un bono de 3068 pesos. 

La cifra surge de sumar la jubilación mínima más cinco mil pesos.

El pago extraordinario está destinado a quienes cobran una sola prestación. Es decir, si un jubilado percibe también una pensión no recibirá el bono.

¿Dónde se cobra?

Los bonos serán acreditados en las cuentas habituales donde perciben los haberes. Anses aclaró que no hace falta realizar ningún trámite.