El Gobierno Nacional amplió la lista de actividades y servicios esenciales que pueden circular dentro del aislamiento obligatorio y preventivo para evitar la propagación del Covid-19.

La actividad notarial se sumó recientemente mediante la Decisión Administrativa N°467/20 emitida por el Jefe de Gabinete de Ministros, desde el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, adelantaron la modalidad de la prestación de sus servicios.

Se habilitará una guardia excepcional mínima y restringida, en sede y delegaciones, de los servicios de legalización, apostilla y venta de papelería notarial, única y exclusivamente para los casos contemplados en la citada norma, en sede del colegio en ciudad capital en el horario de 8 a 14:00, y en las delegaciones en el horario de 9:00 a 12:00.

Dichos servicios se brindarán previo turno, bajo la aplicación de todas las medidas sanitarias preventivas, tanto en relación al personal como a quienes concurran.

Además se dispuso restablecer el servicio de guardias notariales a través de la institución, única y exclusivamente para los casos admitidos por la disposición nacional. A estos efectos se invita a los escribanos, que no se encontraren en situación de riesgo, a inscribirse en la nómina en el siguiente formulario.

Por último, el Colegio reconocerá una retribución mínima o reconocimiento de gastos al escribano interviniente en los casos de prestación de servicios gratuitos establecidos en el art. 2 de la DA, conforme a la reglamentación que se dictará al efecto.