El Gobierno definió las condiciones para acceder al Programa para el Apoyo y Asistencia ante casos de femicidio, travesticidio y transfemicidio, que tiene por objeto asistir a aquellas personas del grupo familiar y o allegados de las víctimas de violencia de género.

A través de la Resolución 321/2021 del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad, publicada este miércoles en el Boletín Oficial se estableció el Reglamento Operativo de este programa, que fue creado en 2020 y modificado este año.

El programa brinda apoyo económico a los familiares de las personas que fueron víctimas de violencia de género para "gastos de movilidad, traslados, alojamiento, alimentación, médicos, de sepelio, fotocopias de documentación y/o trámites, u otros gastos inherentes al fallecimiento".

La ayuda económica se otorgará por única vez y la cifra será equivalente a cuatro salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM), que se fijó para julio en $27.216; en $28.080 desde el 1 de agosto y $29.160 a partir del 1 de septiembre.

Para este mes la ayuda será de 110 mil pesos

 El beneficio debe solicitarse dentro de los 60 días hábiles de ocurrida la muerte.

En caso de que se presente más de una persona solicitante por la misma víctima de violencias extremas, se establece como prioridad a los descendientes que hubieran estado a su cargo hasta el momento de la muerte. Pero si la persona fallecida tuviera descendientes menores 16 años, se otorgará prioridad para la percepción del apoyo a aquellos familiares o allegados de la víctima.

El programa también contempla  asesoramiento legal  y la asistencia psicológica de primera escucha para las personas integrantes del grupo familiar y allegadas a través de los equipos del ministerio o mediante la articulación con los dispositivos de otros organismos del Estado.

Además se establece la asistencia en la tramitación de la reparación económica para niñas, niños y adolescentes.