Los COA son recintos para que puedan votar, por propia opción, electores que están registrados en distintas mesas pero que presentan alguna discapacidad o limitación en su movilidad, sea ésta permanente o transitoria.

La presidenta o presidente de la mesa deberá trasladarse al COA con la urna, un sobre y el padrón para que pueda votar el adulto mayor que lo requiera. También puede ser solicitado por mujeres embarazadas y pacientes con lesiones temporales en miembros superiores o inferiores, cardiopatías, tratamientos oncológicos o en diálisis.

Elecciones 2019: los adultos mayores podrán votar en un Cuarto Oscuro Accesible