Condenaron a 695 personas por violar el aislamiento en Formosa.

Los 18 Juzgados de Paz de la provincia resolvieron hasta el momento 1.205 causas contravencionales, con 695 sentencias condenatorias ”por violar el Código de Faltas Provincial", informó el gobierno provincial.

Las penas son de 5 a 60 días de cárcel aunque pueden ser redimibles por multa.

Las condenas se encuadranlos artículos 145, 146 y 147 del Código de Faltas provincial.

El 145 establece que será sancionado con arresto de cinco a treinta días, redimible por multa, quien no observare una disposición legalmente establecida por la autoridad en materia de salud o higiene pública.

Asimismo, el artículo 146 establece que el infractor en un contexto de emergencia sanitaria será sancionado con arresto de diez a sesenta días, redimible por multa, si la infracción es cometida con la concurrencia de tres o más personas, y que la sanción de arresto no podrá ser inferior a quince días.

Por último, el artículo 147 afirma que será sancionado con arresto de diez a sesenta días, redimible por multa, toda persona, titular y/o responsable de un establecimiento público o privado que omita adoptar medidas sanitarias y protocolos a los que se encuentre obligado por las normas vigentes en caso de emergencia sanitaria, pudiendo disponerse si las circunstancias lo justifican, la clausura del local.