La Corte Suprema de Justica votó por tres votos a favor y uno en contra que es válida la prohibición municipal de que los supermercados abran los domingos.

En 2014, el municipio de Arroyito, al este de Córdoba, emitió una ordenanza con esa decisión con el fin de favorecer la vida familiar de sus trabajadores.

Jing Shi, dueño de un supermercado de esa localidad, cuestionó la constitucionalidad de esa resolución, el Tribunal Superior de Justicia de la provincia le dio la razón y declaró la inconstitucionalidad de la norma.

Sin embargo, el caso no quedó allí y pasó a la Corte Suprema nacional, que convocó a una audiencia pública en 2019 en donde escucharon a las partes intervinientes en el caso. 

Finalmente, este jueves la Corte respaldó la ordenanza municipal entendiendo, por sobre todas las cosas, el contexto de la localidad de Arroyito. En el fallo consideraron que decidir lo contrario hubiese sido “desconocer los aspectos inherentes a la vida cotidiana de una comunidad pequeña".

Además, la decisión también busca una competencia justa ya que defiende a los pequeños comerciantes que suelen cerrar ese día pero se enfrentan con la competencia de los supermercados que sí abren.