La Cámara de Acusación dispuso que la Justicia local investigue y, eventualmente, juzgue una denuncia por un abuso sexual presuntamente ocurrido en España, durante la pandemia; ya que tanto la víctima como el denunciado poseen nacionalidad, domicilio y residencia habitual en Córdoba; y, además, los potenciales elementos de prueba de mayor peso se encuentran en el país. 

La acción penal fue promovida en la jurisdicción provincial ante la imposibilidad material de instarla en España debido a las restricciones derivadas de la pandemia por COVID 19. 

El tribunal –integrado por la vocal Patricia Farías y los vocales Maximiliano Davies y Carlos Salazar– afirmó que derivar la investigación del hecho a la jurisdicción extranjera “iría en contra de un proceso que garantice el acceso a la justicia, la tutela judicial efectiva de ambas partes y el derecho de defensa”. 

Asimismo, señaló que la elección de uno u otro tribunal debía hacerse de acuerdo a lo que resultara “más favorable para la eficacia de la investigación, brinde una mayor economía procesal y un mejor derecho de defensa, sin desnaturalizar arbitraria o perjudicialmente (para las partes) las normas procesales que establecen las reglas generales en la materia”. 

La resolución -adoptada por unanimidad- resaltó, además, la naturaleza del delito denunciado, un abuso sexual, y las obligaciones internacionales asumidas por el Estado argentino de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer. 

No obstante, la resolución dispone que, a fin de evitar obstáculos que pudiesen derivarse de la eventual atribución de competencia por parte de los tribunales españoles, se torna necesario poner en conocimiento del Estado español lo aquí resuelto.