Apartir de 2023, en Argentina estará prohibido el uso de productos fitosanitarios formulados a base de Clorpirifos, un potente organofosforado que retrocede en todo el mundo. Así lo establece la resolución 414/2021 publicada  en el Boletín Oficial por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

En concreto, el organismo sanitario dispuso la prohibición para importar este principio activo a partir de los próximos 45 días, la prohibición para elaborarlo y fraccionarlo a nivel local en un plazo máximo de 90 días, y la prohibición de comercialización y uso a partir de los 455 días desde que entre en vigencia esta resolución.

La única excepción para estas disposiciones son aquellos casos en que este agroquímico sea fabricado para su exportación, con lo cual, es probable que el producto continúe siendo utilizado furtivamente como ha ocurrido con otros productos prohibidos.

Asimismo, la decisión del Senasa incluye una reducción de los límites máximos de residuos (LMR) que pueden contener los alimentos que hayan sido tratados con Clorpirifós en su proceso productivo, que en Argentina ha sido el insecticida más ampliamente usado tanto en cultivo de granos como en huertas y frutales.

“Se fija en 0,01 miligramos por kilogramo el límite de determinación de Clorpirifós etil y de Clorpirifós metil para todos los productos y subproductos agropecuarios que se importen o produzcan localmente para consumo interno, a partir de los 575 días de entrada en vigencia de la presente resolución”, precisa el documento.

Los fundamentos ¿equivocados?

Lo llamativo es que, a contramano de lo resuelto en otras jurisdicciones, Argentina otorga un plazo de 1 año y medio para sacarlo de circulación cuando, casi simultáneamente, la EPA, la agencia ambiental de Estados Unidos, decidió que la toxicidad del producto obligaba a recortar el plazo a un máximo de 180 días.

De hecho, la resolución de al EPA (que concluyó un trámite de la era “Obama” que la administración Trump había mantenido paralizado) hace una clara referencia a la toxicidad demostrada del producto. 
En cambio, el SENASA argumenta que “el principio activo Clorpirifós está siendo sometido a procesos de revisión de registro en muchas agencias regulatorias del mundo” y funda la prohibición en que la continuidad de su uso, “impide el acceso de muchos productos de origen vegetal a numerosos mercados, o resta competitividad comercial a nuestras exportaciones”.

El sitio The Intercept en su artículo sobre el tema, apunta que la evidencia acumulada contra el producto incluye una evaluación hecha por la EPA en 2010.

En ella se señaló que “los estudios muestran algunas asociaciones consistentes que relacionan las medidas de exposición con los reflejos anormales en el recién nacido, el trastorno generalizado del desarrollo a los 24 o 36 meses, el desarrollo mental a los 7-9 años y los problemas de atención y comportamiento a los 3 y 5 años de edad”.

Es relativamente sencillo encontrar los estudios que dan cuenta de los efectos neurológicos del producto.

También en Argentina se han hecho revisiones y estudios que, aunque no tratan específicamente sobre el clropirifos, muestran la marca indeleble que los agrotóxicos vienen dejando sobre la población expuesta a las fumigaciones.