El Gobierno Nacional estableció los nuevos requisitos para los empleadores que quieran inscribirse en el programa Repro II, que otorga ayuda estatal para el pago de salarios en los sectores críticos. El Ministerio de Trabajo definió que no volverá a prorrogar las disposiciones transitorias que se habían tomado en abril, mayo y junio.

El Repro II alcanzó a más de 557 mil trabajadores en la edición anterior, lo que demandó una inversión de 8.900 millones de pesos. Esta nueva convocatoria mantiene la excepción de presentación del balance para los sectores críticos como así también la suspensión de la liquidación.

Por su parte, los sueldo de julio 2021 se comenzarán a liquidar desde el próximo viernes 30, por lo que las transferencia correspondiente al Repro II se relizarán en la semana posterior. 

Esta vez se extiende el alcance del Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes, que ahora deberán cumplir con nuevas pautas.

Cuáles son los criterios para aplicar al Repro II

Así, los empleadores que quieran inscribirse al Repro II tendrán que cumplir con las siguientes condiciones para ser preseleccionados:

Pertenecer al sector privado.

No recibir subsidios del sector público.

Realizar una actividad incluida en la nómina de sectores críticos y afectados no críticos, o pertenecer al área de salud.

La variación de la facturación, entre el mes de referencia de 2021 y el mismo período de 2019, debe presentar una reducción superior al 20%, en términos reales, para los sectores afectados no críticos y críticos.

Sigue la asistencia a trabajadores independientes

Por otra parte, el Ministerio de Trabajo también prorrogó el “Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos”, que abona hasta $22.000 a los monotributistas y autónomos.

Para acceder a este beneficio, los interesados tendrán que cumplir los siguientes requisitos:

Su actividad principal declarada ante AFIP debe pertenecer a un sector crítico.

El interesado debe haber realizado al menos dos pagos al régimen de trabajo independiente correspondiente en los últimos siete meses previos a realizar la solicitud para acceder al Programa. Si declara una fecha de inscripción al régimen correspondiente posterior a los siete meses previos a la solicitud debe registrarse como mínimo un pago.

Presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales entre julio 2021 y el mismo mes de 2019.

No podrá tener más de cinco trabajadores en relación de dependencia, tendrá que cumplir con los criterios establecidos para el Repro II, no podrá figurar en el registro de empleadores con sanciones laborales.