Este viernes, el ministro de Salud provincial, Diego Cardozo, confirmó que este fin de semana se permitirán las salidas de esparcimiento.

Estas salidas recreativas o de esparcimiento están pautadas por un protocolo elaborado por el Centro de Operaciones de Emergencia (COE).

A disposición de los municipios y comunas de la provincia de Córdoba, este protocolo de caminatas de esparcimiento busca la recuperación y mantenimiento del estado psicofísico de la población, como un complemento de la contención social necesaria durante este período de aislamiento social, preventivo y obligatorio en el marco de la pandemia por coronavirus.

Características principales

Aquellas personas con DNI finalizado en número par podrán salir este domingo 24 de mayo.

Aquellas personas con DNI terminado en número impar lo podrán hacer este lunes 25 de mayo.

En ambos días el horario será de 8 a 18 horas.

El COE permite las salidas de esparcimiento para este domingo y lunes

Hasta dónde y cuánto tiempo

Las caminatas de esparcimiento se deben realizar sin detenerse, hasta un radio de 500 metros del domicilio de la persona, con una duración máxima de 60 minutos y una sola vez al día.

Según el DNI de quién

Cuando se trate de salidas familiares, se tendrá en cuenta el DNI de la persona de mayor edad. Niños, niñas y adolescentes de hasta 16 años de edad deberán ser acompañados por una persona adulta responsable.

Distancia social y barbijo obligatorio excepto...

En los paseos se deberán mantener la distancia física de dos metros con respecto a otros grupos y será obligatorio el uso de barbijo no quirúrgico para todas las personas, desde los cuatro años de edad.

Hasta los dos años deben salir en el cochecito con cobertor plástico.

Qué está prohibido hacer

No se permite el uso de juegos infantiles ni aparatos de complemento de la actividad física como “plazas saludables” y otros implementos deportivos. 

El COE indica que se debe evitar el uso de bancos y mesas de espacios públicos.

Este protocolo no permite el entrenamiento competitivo o de alto rendimiento.

Mirá el protocolo del COE

Instructivo de actividades permitidas

Se deberán respetar los siguientes lineamientos generales para la realización de la actividad:

a. No podrán alejarse más de QUINIENTOS (500) metros de su residencia.

b. El mismo tendrá una duración máxima de SESENTA (60) minutos no permitiéndose repetirlo en más de una oportunidad por día.

c. Los días autorizados para la realización de esta actividad será los sábados de 14 a 18 hs. y domingos y feriados de 08 a 18 hs.

d. La oportunidad de la realización de la actividad será regulada por el número de Documento Nacional de Identidad de la persona de la siguiente manera: en fechas pares podrán realizar las actividades las personas que su DNI tenga terminación en Número Par. En fechas impares podrán realizar la actividades las personas que su DNI tenga terminación en Número Impar.

e. La autorización consistirá SOLO en caminatas, sugiriendo no detenerse durante su ejecución. Las mismas deberán ser realizadas de manera individual o con el núcleo vincular conviviente. No se autoriza la actividad de manera colectiva con otras personas ajenas al mismo.

f. Los niños menores de DIECISEIS (16) años de edad, deberán ser acompañados por un “mayor responsable”. En este caso se tendrá en cuenta para su control de día autorizado el DNI de la persona mayor.

g. En caso de ser requerido por autoridad Policial o Municipal, las personas deberán acreditar su identidad, por lo que será obligatorio portar el Documento Nacional de Identidad.

h. No se podrá utilizar el transporte público o vehicular para desplazarse al lugar donde se realice la actividad. 

i. No se permite la realización de actividades de esparcimiento en plazas y parques.

j. La actividad será realizada respetando las disposiciones y normativas nacionales y provinciales referido al:

1) Uso de “barbijo no quirúgico” que será obligatorio a partir de los 4 años.

2) El distanciamiento social de DOS (2) metros.

k. No se permite el uso de implementos deportivos o la ejecución de actividades de esa índole (Ej. pelotas de futbol, básquet, vóley, etc).

l. Se evitará en toda circunstancia la aproximación con otros grupos de personas que estén realzando la actividad. Para ello se deberá tener la debida precaución de adoptar las distancias y márgenes previos.

m. Deberán procurar su propia hidratación como así también otros efectos personales de higiene.

n. No se permite el uso de juegos infantiles ni aparatos de complemento de actividad física como “plazas saludables” y otros implementos deportivos.

o. Se recomienda:

1) Que toda persona que presente fiebre o síntomas respiratorios, no realicen esta actividad.

2) Disponer de alcohol en gel y pañuelos descartables para la higiene frecuente. Se deberá considerar que el descarte de estos efectos, no podrán ser desechados en la vía pública siendo una responsabilidad directa del adulto responsable su disposición final en su propio domicilio.

3) Al finalizar la actividad y previo al ingreso al domicilio, llevar a cabo la correcta higiene y desinfección del calzado, manos y de la indumentaria deportiva.

4) Las personas con discapacidad, mantienen el cumplimiento de sus protocolos particulares.

5) Como condición previa para la ejecución de los procesos de flexibilización, las Fuerzas de Seguridad, los municipios y comunas serán los responsables del control del presente protocolo en sus jurisdicciones, siendo el COE central y los COES regionales, las autoridades que articulen las disposiciones establecidas.

6) Se reserva para el COE central la potestad de modificar las flexibilizaciones establecidas en este protocolo según la evolución de la situación epidemiológica.