El Centro de Economía Política Argentina (CEPA) dio a conocer que en el marco de cuarentena, los despidos se duplicaron y las reducciones salariales ascienden a 300.000 casos en todo el país.

Los datos corresponden al período que va entre el 15 de marzo al 15 de abril.  Los recortes afectaron a la industria en un 79% (por la fuerza de los acuerdos llevados a cabo por la UOM y los Petroleros); seguido por el comercio afectado en un 11%, los servicios en 5% y el sector primario en 4%. 

El Decreto de Necesidad y Urgencia 329/2020 prohíbe los despidos y suspensiones sin causa por 60 días, siendo el objetivo principal proteger el sector trabajador.

Sin embargo en la práctica los recortes salariales se están implementando, abriéndose el interrogante si los mismos son ilegales o no. 

Pedro Yanzi Aspell, abogado especializado en derecho laboral, dialogó con Cba24n y destacó que los mismos están permitidos: "El artículo 3 de este decreto establece una excepción, basado en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, por el cual puede proceder la suspensión, pero a través de una negociación, ya sea individual o colectiva mediante los sindicatos". 

"El empleador deberá abonar una compensación no remunerativa, lo cual implica una reducción en la practica del sueldo", destacó.

A pesar de ello, Yanzi Aspell remarcó la necesidad de tomar a este mecanismo a través de un "diálogo serio y sensato, tanto de un lado y del otro, de las empresas como los trabajadores que por esta cuarentena no están prestando tareas".

Vale aclarar que los acuerdos llevados a cabo de manera individual o mediante gremios quedarán sujetos a control posterior del Ministerio de Trabajo o de un juez laboral.