En un fallo inédito, la Cámara Federal de Córdoba resolvió que dos mujeres de 89 y 75 años deberán compartir la pensión de un ex miembro de las fuerzas armadas y ex empleado del Banco de la Rioja.  

La viuda, que estuvo casada con el fallecido hasta sus últimos momentos, reclamaba el 100% de la pensión, pero la Justicia decidió que la comparta con la ex pareja del hombre porque ésta percibía parte de su salario.

La última pareja inició la demanda para que se le reconozca la totalidad del derecho a la pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge, cuyo 50 % percibe en su condición de viuda y el 50 % restante lo recibe la primera esposa de su extinto marido, divorciados legalmente.

En un primer momento el juez competente hizo lugar al amparo interpuesto por la viuda., pero luego se anuló la decisión porque la tercera interesada, es decir la primera esposa, no había sido notificada.

El fallo de primera instancia, dictado por el juez Federal de La Rioja, rechazó la pretensión de la viuda que pedía cobrar la totalidad de la pensión y concluyó que la primera esposa reúne los requisitos contemplados para ser beneficiaria del 50% de la pensión por fallecimiento 

 La actora solicitó que se revoque la sentencia motivo por el cual la causa llegó a la sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que confirmó la decisión recurrida.

Entre los argumentos los jueces indicaron que “corresponde el beneficio de pensión por fallecimiento a la viuda cuando la persona ha estado unida con el causante por el vínculo legal del matrimonio, en el que ha existido una comunidad familiar y económica”.

Testigos declararon que el hombre hasta el día de su muerte le seguía entregando  dinero a su ex esposa.