El abogado Jorge Alberto “el Mesías” Agüero sufrió un revés judicial este jueves, ya que la Sala IV de la Cámara de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario para llegar a la Corte Suprema, para que revisara la condena de un año y seis meses de prisión condicional, por falso testimonio durante el primer juicio por lesa humanidad en Córdoba.

El 24 de julio de 2008 en el marco de la causa “Brandalisis” en la que se juzgó a varios genocidas, Agüero declaró bajo juramento que los integrantes del Tribunal Oral Federal (TOF) N° 1 de Córdoba, Jaime Díaz Gavier, José Vicente Muscará y Carlos Otero Álvarez, “exigieron a personas no determinadas el pago de 15 millones de pesos para condenar a los acusados, dinero que fue entregado en una valija procedente de Buenos Aires ”.

El abogado dijo también que la sentencia dictada por el tribunal “fue confeccionada en otra parte”, y que se había enterado de ello durante una audiencia del juicio. 

Duro cruce entre Agüero y Díaz Gavier en el juicio por la megacausa La Perla

En la causa mencionada, fueron condenados a prisión perpetua el Jefe del Tercer Cuerpo de Ejército, Luciano Benjamín Menéndez (ya fallecido), y los militares Luis Alberto Manzanelli, Carlos Alberto Díaz, Oreste Valentín Padován y Ricardo Alberto Ramón Cardone.

Por su parte, los militares defendidos por Agüero (Jorge Ezequiel Acosta y Hermes Oscar Rodríguez) recibieron 22 años de prisión, mientras que Carlos Alberto Vega, 18.

En otro juicio realizado en noviembre de 2019, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N ° 2 condenó a Agüero a un año y seis meses de prisión (en suspenso) por el delito de "falso testimonio"

Jorge "El Mesías" Agüero fue, además, candidato a gobernador de Córdoba en 2007. Foto: La Voz
Jorge "El Mesías" Agüero fue, además, candidato a gobernador de Córdoba en 2007. Foto: La Voz

El revés del recurso extraordinario ante la Corte Suprema:

Luego de la condena, el defensor público de Agüero planteó el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de la Nación. 

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación indicó que el recurso extraordinario exige –entre otros requisitos para su procedencia– que la sustancia del planteo implique el debate de una cuestión federal fundada, algo que no pudo verificarse en el caso de Agüero.

Los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Ángela Ledesma sostuvieron que no se probó una “vulneración al derecho de defensa en juicio ni a la garantía constitucional del debido proceso” para ser considerados “una cuestión federal suficiente, debidamente fundada, que permita habilitar la competencia extraordinaria del máximo tribunal”.

Además, los magistrados indicaron que Agüero no cumplió con el requisito de refutar cada uno de los fundamentos que dieron sustento a la decisión del tribunal que lo condenó, como tampoco demostró que la resolución fuera contraria a los derechos federales.

Por último, la Cámara sostuvo que los cuestionamientos sobre la forma en que fue valorada la prueba y la intervención de Agüero remiten al examen de aspectos de hecho, prueba y derecho común, que resultan ajenos a la instancia extraordinaria, “salvo supuesto de arbitrariedad”, algo que no quedó demostrado.