Un Tribunal de La Rioja condenó a 5 años de prisión de cumplimiento efectivo a Patricio Pioli, un tatuador sanjuanino al que halló responsable de los delitos de "coacción y lesiones leves calificadas" contra su ex pareja, una joven riojana de 29 años, a la que sometió a prácticas violentas y de quien filtró fotos y videos de contenido sexual, una vez finalizada la relación. 

Fue el primer juicio oral en Argentina, por la difusión de material sexual íntimo, tipificado en el Código Penal como "pornovenganza" o "pornoextorsión", la cual fue denunciada por la víctima en 2017, luego de finalizada la relación entre ambos. El caso sirvió de base para incluir esa figura en la reforma del Código Penal como uno de los delitos informáticos.

El juicio estuvo a cargo del Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja, presidido por la jueza Edith Agüero junto a los magistrados María Petrillo y Fernando Romero, quienes encontraron penalmente responsable de los delitos de "coacción y lesiones leves calificadas en concurso real" por lo cual lo sentenciaron a Pioli a 5 años de prisión efectiva como también al pago de las costas del juicio.

Luis González Crovara, uno de los fiscales intervinientes dijo durante su alegato que “el espiral de violencia iba ascendiendo y existió verdaderamente un despliegue de violencia por parte de Pioli, encerrándola e insultádola", extremos que resultaron probados durante el juicio.

Por su parte, la otra fiscal interviniente Cecilia Moreno detalló que si bien las imágenes filtradas por Poli, fueron autorizadas por la víctima, ello sucedió dentro de un "momento de intimidad", y su difusión pública le causó daños irreparables, por lo que también pidió condena para Pioli.

De esta manera, la joven violentada consiguió probar su denuncia y se convirtió en la primera mujer en llevar a un juicio oral a su agresor por el delito de "sextorsión" y lograr que la justicia lo condene a prisión de efectivo cumplimiento.