El 8 de Octubre era sancionada en Diputados la Ley 27.570 y quedaba pendiente su promulgación. Este Lunes, finalmente, el Boletín Oficial del día anunció que finalmente se llevó a cabo mediante el Decreto 818/2020.

Se trata de una normativa que busca ayudar, sobre todo, a pequeñas y medianas empresas. Se tratan de beneficios retroactivos, es decir que, en medida, deja afuera a empresas grandes. 

Entre las claves más importantes de la Ley, los beneficiarios tendrán una reducción en el impuesto a las ganancias, diferenciada según el tamaño de la empresa: las pequeñas un 60% de reducción, las medianas un 40% y las grandes un 20%.

Sin embargo, este beneficio será solo para las empresas que desarrollan software, quedando afuera, por ejemplo, Mercado Libre. Aunque, a su vez, ya no hay un cupo fiscal y el Gobierno podrá dar todos los subsidios que las empresas le soliciten.

Por otro lado, se establecen servicios profesionales de exportación, donde se forma una lista de servicios incluidos, aunque se autoriza a la autoridad de aplicación a incluir otros no previstos.

Estas son algunas de las varias claves más importantes de esta nueva Ley. Además, los beneficiarios están obligados a acreditar la realización de mejoras continuas en la calidad de sus servicios e invertir en la capacitación de sus empleados: un 1% para las pequeñas empresas, un 2% para las medianas y un 5% para las grandes.

Podrán adherirse las empresas desarrolladas en Argentina o habilitadas a trabajar en el país. Los beneficiarios deberán acreditar que el 70% de su facturación del último año está vinculada a las actividades promovidas.