A diferencia de la ley de Alquileres, que enfrenta al oficialismo y a la oposición en discusiones rabiosas que por ahora no llegan a ninguna salida, con la ley de Alquileres Temporarios está pasando todo lo contrario: los senadores del Frente de Todos y de Juntos por el Cambio lograron ponerse de acuerdo en un proyecto de ley para regular este tipo de alquileres, que crecieron exponencialmente en los últimos años, sobre todo de la mano de las plataformas digitales, como Airbnb o Booking.

En un plenario de las comisiones de Legislación General y de Turismo de la Cámara alta, las distintas fuerzas políticas lograron dejar a un lado sus diferencias en torno de la reforma de la ley de Alquileres para consensuar una iniciativa aparte sobre locaciones temporarias, tomando como base los proyectos presentados por la senadora kirchnerista Ana María Ianni (Santa Cruz) y la radical Mariana Juri (Mendoza).

El Senado se propuso regular el mercado de alquileres temporarios por considerar que su crecimiento está perjudicando directamente a los alquileres permanentes y también al sector hotelero, que reclama una solución legislativa: argumentan que para los propietarios es mucho más rentable alquilar un departamento en dólares y por cortos períodos de tiempo que alquilarlo en pesos, con una ley de alquileres que encima les permite ajustar el importe sólo anualmente. Eso, sostienen, produjo una dismunición en la oferta de alquileres permanentes y, en consecuencia, los precios subieron inclusive por encima de la inflación.

Al presentar la iniciativa, la kirchnerista Iani argumentó que el crecimiento de los alquileres temporarios es un fenómeno “a nivel mundial” que es necesario regular como sucede en otros países del mundo. “No buscamos ni desestimar este tipo de oferta (la de alquileres temporarios) ni tampoco a las que quizás son hoy las vedette de este mercado, que son las plataformas digitales, que son las que están ofreciendo y comercializando este tipo de alojamientos”, dijo la senadora.

Y agregó que el objetivo del proyecto “poder dar fin a una competencia desleal que se ocasiona porque no hay normativa” y “proteger a aquel que invierte y da trabajo”, dado que esta modalidad de alquiler “perjudica mucho” al sector hotelero y a la vez que “saca del mercado viviendas para el alquiler permanente”.

La radical Juri coincidió en aclarar que no se pretende “con este proyecto ser tan intervencionistas como para dificultar el mercado” sino que, al contrario, se busca “dar beneficios a todas las partes”. Sin embargo, ¿qué dice el proyecto?

La principal novedad de la iniciativa es que, en el caso de ser convertida en ley (si pasa el Senado deberá ser debatida en Diputados), los contratos de alquileres temporarios deberán ser en pesos, no en dólares, y tendrán que durar como máximo 90 días. También establece la creación, en el ámbito del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación, del “Registro Nacional de Viviendas de Alquiler Turístico Temporario”.

Respecto de las plataformas digitales que ofrezcan, intermedien, y/o celebren contratos de locación temporarios con fines turísticos, como Airbnb o Booking, la ley dice que deberán: habilitar un campo en la plataforma digital para que el propietario informe el número de inscripción ante el registro de cada unidad; proceder a la baja, retiro o suspensión de toda publicación que no posea el número de inscripción en el registro, previa notificación fehaciente al propietario o administrador de la unidad en alquiler; y utilizar la moneda nacional pesos argentinos para los anuncios y/u ofertas de unidades habitacionales que surjan como resultado de las búsquedas realizadas desde el territorio nacional; y para el procesamiento de pagos.

En cuanto a las obligaciones del propietario o el administrador, éste deberá “entregar la vivienda en condiciones de habitabilidad y en los términos pactados; tener vigente la habilitación, registro y autorización de uso turístico de la vivienda correspondiente; contratar seguro de responsabilidad civil por daños contra terceros”, entre otras obligaciones.

Respecto a las sanciones para propietarios y administradores se contempla el apercibimiento, la suspensión del registro y la baja del registro, mientras que en caso de incumplimiento por parte de las plataformas, las mismas serán pasibles de: apercibimiento; multas a determinar por la autoridad competente; suspensión de operar en el país; y cese definitivo de actividades en el país. 

Fuente: El Diario.ar