Con el objetivo de frenar la especulación con los dólares financieros, la Comisión Nacional de Valores (CNV) restringió las operaciones para capitales extranjeros en la operatoria de compra de los llamados dólar MEP y Contado con Liqui (CCL), con la finalidad de “contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real”.

A través de la Resolución General 981/2023, y a pedido del Banco Central, el organismo dispuso que los inversores extranjeros (empresas y o personas humanas) que no son agentes de valores -operan con CDI (Clave de Identificación) o CIE (Clave de Inversores del Exterior)- sólo podrán operar por cuenta propia y con fondos propios.

Además, solo podrán operar hasta 100 millones de pesos diarios y deberán informar al intermediario local (por ejemplo, sociedad de bolsa), que van a realizar esas operaciones con 5 días hábiles de anticipación.

También “las sociedades de bolsa del exterior, que operen por cuenta propia y con fondos propios, deberán avisar con 5 días hábiles de anticipación cuando operen por más de 100 millones de pesos. Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida a la CNV”

Asimismo, los inversores locales –que poseen CUIT- y operen por cuenta propia y con fondos propios, podrán operar sin límite, pero deberán avisar con cinco días hábiles de anticipación si el monto es mayor a $200 millones diarios.

En los considerandos de la Resolución, se deja justificada la medida, apuntando que va en la dirección de “regular con mayor intensidad el régimen de cambios y, consecuentemente, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios y reducir la volatilidad de las variables financieras”.