La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) realizó cambios en su reglamentación interna para eliminar el requisito de la fe de vida en el cobro de haberes. Esta modificación entró en vigencia ayer.

La Resolución 151/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece que los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones No Contributivas ya no tendrán que realizar ninguna acción para acreditar su supervivencia o fe de vida para poder cobrar sus prestaciones.

“Las beneficiarias y los beneficiarios, o sus apoderados/as, del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones No Contributivas no deberán realizar acción alguna para acreditar supervivencia o fe de vida ante las Entidades Pagadoras como condición para el cobro de sus prestaciones”, dice la normativa en su primer artículo.

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Con esta medida, los 7,3 millones de jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y los beneficiarios de pensiones no contributivas que dependen de la Anses, estarán en igualdad de condiciones. Hasta ahora, unos 3,2 millones de ellos ya estaban exentos de este trámite debido a decisiones previas de los bancos donde cobran sus haberes.

La eliminación de este requisito se hizo efectiva gracias a la Ley 27.721, que facultó a la Anses a dictar las normas complementarias necesarias. Estas normas eran esperadas por los bancos para poder implementar correctamente lo establecido en la ley.

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La resolución publicada hoy ajusta, a través de dos anexos, el Procedimiento de Pago de Prestaciones de la Seguridad Social y el modelo de convenio de pago que la Anses tiene con las entidades bancarias.

A pesar de esta nueva legislación, su cumplimiento no representará dificultades, ya que cerca del 45% de los jubilados y pensionados ya estaban exentos de este trámite. Además, los bancos que atienden al 55% restante ya habían tomado medidas para facilitar el cobro de haberes.