El deudor hipotecario UVA ya no tendrá que pagar sus cuotas en función de la inflación, tal como estaba establecido en su contrato hipotecario inicial. En su lugar, el capital adeudado se calculará en función de la evolución de los salarios, lo que podría hacer que las cuotas sean más bajas. 

Este fallo es significativo, ya que es la primera vez que se ordena a un banco eliminar el indicador UVA de la deuda de un deudor hipotecario. Además, podría sentar un precedente para otros casos similares y dar esperanza a los deudores hipotecarios UVA que luchan contra las cuotas crecientes y la imposibilidad de pagar sus préstamos.

El juez federal Pablo Quirós ha ordenado la readecuación del contrato de mutuo con garantía hipotecaria destinado a la adquisición de un inmueble oportunamente suscripto, en el caso “H. S. c/ Banco de la Nación Argentina s/ Ley de Defensa del Consumidor”. El fallo establece que el importe de las cuotas a pagar por el actor se actualizará, a partir de la fecha del primer congelamiento ordenado por la autoridad competente (agosto de 2019)

Además, el fallo establece que la tasa de interés pactada se mantendrá y que la tasa máxima será del 3,50% nominal anual. Es importante destacar que este fallo se aplica al caso específico de la demanda deducida por S. H. contra el Banco de la Nación Argentina y que cada caso puede tener sus particularidades y necesitar una evaluación individualizada. 

La deuda actual del deudor hipotecario UVA es de $22.500.000 a pesar de haber abonado durante 5 años. De acuerdo con la pericia contable presentada, el crédito original de $2.300.000 (sin intereses) ajustado por inflación del 40% anual durante 30 años generará una deuda de $59.673.853,75 sin intereses en UVA. Si se incluyen los intereses actualizados, la deuda sería de $96.466.939. Si la inflación fuera del 100%, la deuda ascendería a $241.167.347. 

Es importante destacar que estos cálculos se basan en las condiciones del contrato original y no en las nuevas condiciones establecidas por el fallo de la Justicia Federal de Mendoza. Con la nueva readecuación del contrato en función del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), la deuda del deudor hipotecario UVA podría cambiar en relación a estos cálculos previos.