La multiplicación de productos con menciones múltiples al cannabis es una realidad. Y aquello demanda, a su vez, la multiplicación de controles.

En ese camino se ubica la Disposición 9906/2022 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat). La misma apunta a la “elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea” de un producto en tal sentido.

Se trata del denominado “Choco Cryp”, sabor “Kaliboom”, de 170 gramos, el cuenta con la leyenda en su paquete “Chocolates sin THC sin CBD”. Dicha inscripción, se afirma, “puede suscitar engaño o confusión en las y los consumidores”.

El mismo “carece de registros sanitarios”, por lo tanto reviste carácter de ”ilegal".

La normativa reza: “Las actuaciones se inician a raíz de una notificación del Juzgado Nacional N° 3 de la provincia de Mendoza en referencia a chocolates comercializados bajo la marca “Chocogollos”, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente”.

Así el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos realizó una investigación en búsqueda de muestras.

Así se logró dar con el “Choco Cryp” cuya comercialización fue prohibida. Se logró dar con un negocio donde se vendía y en el remito de compra que otorgó tampoco otorgó certezas de legalidad.