Los turistas argentinos que pueden viajar al exterior generalmente traen artículos de distintos rubros comprados afuera y muchos de ellos, debido a los controles aduaneros, al regresar al país deben pagar impuestos. En caso de no ser declarados, las personas pueden llegar a ser investigadas y penalizadas con una multa. 

Los viajeros que vuelven a Argentina después de sus vacaciones internacionales deben completar un formulario  que tiene carácter de declaración jurada digital, en el que deben especificar si ingresan mercaderías reguladas por el SENASA y un monto igual o superior a los 10 mil dólares estadounidenses.

Cabe subrayar que, en el caso de que la persona sea menor de 16 años, la suma se reduce a 5 mil dólares. 

Qué artículos se pueden ingresar al país sin declarar

Hay ciertos productos que no es necesario declarar, como ropa, libros, medicamentos recetados por una prescripción médica y artículos similares. La aduana argentina da por supuesto que los mismos serán utilizados con fines particulares y no comerciales.

Desde 2018 se puede ingresar un celular y una notebook por persona sin pagar arancel debido a que los mismos pasaron a considerarse artículos de uso personal. 

Para el resto de los artículos no mencionados anteriormente existe un monto límite sin pagar impuestos que se lo conoce como franquicia. De esta manera los turistas que que regresen al país por vía aérea o marítima pueden gastar hasta 500 dólares, que se suman a los 500 dólares que también pueden emplear adquiriendo productos en los Free Shop.

Es importante remarcar que en el caso de que el arribo al país sea de origen fluvial, estos 500 dólares extra de free shop no están permitidos, salvo en Puerto Iguazú. 

De cuánto son las multas

Cuando algún viajero se exceda en los límites de los montos establecidos por la Aduana Argentina, deberá pagar una multa por el 50% del valor excedido en dólares que registre. Por ejemplo: si ingresa al país artículos por un valor total de 800 dólares se estará pasando solamente en 300, que a su vez se dividen por dos. En este caso el turista deberá pagar solamente 150 dólares (se toma la cotización oficial de la moneda estadounidense) con la posibilidad de abonarlos en pesos. 

En el caso de que los productos ingresados directamente sean prohibidos por las normativas del SENASA, los mismos serán decomisados. Por ejemplo: no se pueden ingresar a la Argentina carnes o derivados comprados fuera del país, por lo que si un turista quisiera traer jamón crudo o chorizo ibérico comprados en España, no podría hacerlo y las autoridades argentinas se los confiscaría. 

Fuente: Noticias Argentinas