A través de la Resolución General 97 publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, el Ente Regulador de los Servicios Públicos (ERSEP) ordenó a la empresa Aguas Cordobesas que “se abstenga de facturar la parte proporcional correspondiente a dos días” por la falta de prestación del servicio en los barrios Las Playas, Villa Adela y Villa Aspasia, hecho ocurrido en la primera semana de noviembre. 

La medida deberá ser aplicada en la factura de todos los usuarios del servicio contemplados dentro de esas áreas de la ciudad capital. Asimismo, dictaminó que el descuento en las boletas “será equivalente a un 6,56% sobre el monto que corresponda facturar como cargo fijo del mes”.

Finalmente, instruye a la empresa proveedora del servicio de agua potable en la ciudad de Córdoba, para que la medida se vea reflejada “en las facturas que se entreguen a los usuarios de manera expresa y diferenciada, el monto del descuento o nota de crédito aplicado”.

En los considerandos de la decisión se deja expresado que la prestación fue “deficiente para los usuarios, ante una falla de calidad del servicio brindado por la Concesionaria más allá de las causales objeto de investigación”. Cabe recordar que la Justicia investiga a una fábrica por su posible relación con la irregularidad encontrada en la red de agua potable. 

Aguas Cordobesas deberá descontar dos días en los que faltó el suministro en tres barrios

Agrega además que las fallas en la prestación del servicio, “nunca deben alcanzar a disminuir de tal forma las condiciones que produzcan” a los clientes una falta de servicio generalizada, lo que origina “un conflicto de intereses en la relación entre el prestador y los usuarios, ya que éstos últimos debieron soportar problemas ocasionados por la falla de calidad del servicio”.